INDULGENCIAS EN EL OPUS DEI


Sello de los Cooperadores

Por concesión del Romano Pontífice, la Santa Sede ha concedido a la Obra un tesoro importante de sus indulgencias. En determinadas fechas relacionadas con la historia de la Obra y sus Patronos, los miembros del Opus Dei, sus familias, así como los cooperadores Católicos, pueden lucrar indulgencias plenarias y parciales.

Para poder beneficiarse de estas Indulgencias, la Iglesia señala algunas condiciones generales:

1. Confesión sacramental en torno a los días con beneficio.
2. Comunión eucarística.
3. Rezar una oración por las Intenciones del Papa.
4. Aborrecer todo pecado, incluso venial.

Los cooperadores además deben, renovar, por devoción, sus obligaciones como cooperadores.

INDULGENCIAS PLENARIAS

En las siguientes fechas los miembros de la Obra y sus Cooperadores pueden lucrar indulgencia plenaria:

· 14 de febrero: Aniversario del inicio del apostolado del Opus Dei con mujeres (1930), y de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz (1943). [En calendario litúrgico de la Obra se celebra en este día a Santa María, Madre del Amor Hermoso.]
· 19 de marzo: Solemnidad de San José. [Patrono de la Obra].
· 29 de junio: Solemnidad de los Apóstoles Pedro y Pablo. [Patronos de la Obra].
· 14 de septiembre: Fiesta de la Exaltación de la Santa Cruz. [Nombre oficial de la Obra].
. 29 de septiembre: Fiesta de San Miguel, San Gabriel y San Rafael, Arcángeles. [Patrono de la Obra].
· 2 de octubre: Aniversario de la Fundación del Opus Dei. [Fiesta de los Santos Ángeles Custodios].
· 27 de diciembre: Fiesta de San Juan, Apóstol y Evangelista. [Patrono de la Obra].

. Los días relacionados con la incorporación de los miembros de la Obra, como lo son: el día de su Admisión, Oblación y Fidelidad, y en los 25, 50, 60 y 75 aniversarios de la Admisión. 

. El día de la admisión como Cooperador. Esta indulgencia se lucra solo el día en que le es comunicado su nombramiento y éste lo acepta.
. Curso retiro: cuantas veces se participe de un curso de retiro espiritual de tres días de duración como mínimo.

. En la hora de la muerte: si durante su vida hubiera rezado habitualmente alguna oración con este propósito, esto en caso de que un sacerdote no pudiera administrarle la bendición papal in articulo mortis.
. En el Triduo de Navidad y de Pascua: Pueden lucrar indulgencia plenaria cualquier persona que participen en las celebraciones litúrgicas que la Prelatura y los sacerdotes de Sociedad Sacerdotal de Santa Cruz (SSS+) suelen promover en el triduo anterior a la solemnidad de la Natividad del Señor y de la Pascua, para el progreso espiritual de las familias de los fieles del Opus Dei, y las de sus socios, los sacerdotes agregados y supernumerarios de la SSS+. 

Para obtener esta indulgencia se debe participar en estas celebraciones con espíritu de verdadera penitencia, y participar todos los días del triduo. Esta indulgencia será parcial si los que asisten lo hacen con espíritu contrito a solo una o dos de las funciones sagradas de los días del triduo.

. En la fiesta de la Sagrada Familia: Los padres, hermanos y hermanas de los fieles de la Prelatura, y de los sacerdotes de la Sociedad Sacerdotal, así como para los hijos e hijas de los fieles supernumerarios, podrán lucrar Indulgencia plenaria el día de la fiesta de la Sagrada Familia, si con espíritu de verdadera penitencia participan en la Santa Misa donde quiera que se celebre esta fiesta litúrgica. 


INDULGENCIAS PARCIALES

Los miembros de la Obra y los cooperadores pueden lucrar indulgencias parciales:
1) cuando se reúnen para el Círculo de estudios, breve o de cooperadores;
2) en el día en que se asista el retiro mensual;
3) cuantas veces reciten una jaculatoria al besar la Cruz negra erigida en los oratorios de la Obra;

4) cuantas veces, durante sus trabajos manuales o intelectuales digan una jaculatoria piadosa;
5) cuantas veces acompañen con una jaculatoria las obras de piedad o de apostolado, con las que colaboren en la labor espiritual de la Prelatura.

[Rescripto nº 34/14 del 28 de Mayo del 2014 y 17/75 del 12 de Febrero de 1975, de la Penitenciaría Apostólica; Enchiridion Indulgentiarum. Normae et concessiones, 1999].

Qué son las Indulgencias?
Como dice el Catecismo de la Iglesia Católica, “la indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la Redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos” (n. 1471).
Para ganar una indulgencia plenaria, además de querer evitar cualquier pecado mortal o venial, es necesario cumplir cuatro condiciones: Confesión sacramental –en torno a las fechas señaladas–, Comunión Eucarística, Oración por las intenciones del Papa y aborrecer todo pecado, incluso venial.

Además, los fieles cristianos –entre ellos, los del Opus Dei y los cooperadores– pueden obtener otras indulgencias en situaciones ordinarias, como cumplir normas de piedad cristiana, realizar el trabajo con esmero o realizar algún pequeño sacrificio.



OTROS BENEFICIOS 
ESPIRITUALES

PRECES

Los miembros de la Obra y los cooperadores, gozan además de otros bienes espirituales de la Prelatura, entre ellas las peticiones que por ellos se hacen diariamente en las Preces. 

POST MORTEM

Desde el principio San Josemaría recomendó como un deber de caridad e incluso de justicia, la aplicación de muchos sufragios por el eterno descanso de todos los difuntos, especialmente de los fieles de la Prelatura y de los socios de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, de los padres de estos fieles y socios, de los Cooperadores, asistentes eclesiásticos, bienhechores, etc.


La aplicación de los frutos de la Santa Misa por las personas fallecidas puede hacerse aunque la Misa no sea de difuntos. 

Sufragios por el Papa

Siempre que fallece un Romano Pontífice, los miembros de la Obra ofrecen privadamente los sufragios que les dicten el cariño y la veneración al Vicario de Cristo, que nuestro Padre grabó tan profundamente en los corazones de sus hijos.

Sufragios por los Supernumerarios y su familia


Por cada Supernumerario difunto se celebran tres Misas; los de su Grupo ofrecen además las oraciones y los sufragios que les sugiera la caridad fraterna.

Con motivo del fallecimiento del cónyuge o de los hijos de un Supernumerario, se aplican los sufragios que la caridad dicta a cada uno de los miembros del Grupo.

Las Misas en sufragio de un Supernumerario pueden encargarse, por medio de la Colecturía (oficina de la Dirección Espiritual de la Región, que distribuye los estipendios recibidos para Misas) a sacerdotes Agregados y Supernumerarios, aunque, como será lo habitual, las celebren fuera de los Centros.

De todas formas, lo importante es aplicar los sufragios cuanto antes, adoptando el modo más oportuno para lograrlo. 

Sufragios por los Cooperadores

La prelatura en el mes de noviembre celebra misas en sufragio por los Cooperadores difuntos.



ALMAS POR LAS QUE SE OFRECEN 
LAS MISAS EN NOVIEMBRE

De ordinario, los sacerdotes de la Prelatura celebran durante el mes de noviembre, veintidós (22) santas misas en sufragio así: 
  • Una Misa por los miembros de la Obra, que hayan fallecido desde el 2 de noviembre del año anterior; 
  • Una Misa por los miembros difuntos de la Obra en la Región; 
  • Dos novenarios (18) de Misas, por todos los miembros de la Obra difuntos; 
  • Una Misa por los Cooperadores, asistentes eclesiásticos y bienhechores fallecidos; 
  • Una Misa por los padres difuntos de todos los miembros de la Obra. 

Los seglares ofrecen por estas intenciones —el mismo número de días— la Santa Misa de la que participen, la Comunión y la parte del Rosario que reciten.

Todos estos sufragios se aplican —respectivamente— por los fieles de la Prelatura, Cooperadores, padres de los miembros, etc., tanto varones como mujeres, y también por los socios de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, por sus padres y por los Cooperadores. 



BIBLIOGRAFÍA:






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